Trabajo En Altura, Cambios En Las Normativas

Finalizando el mes de diciembre del año 2021, el Ministerio de Trabajo de Colombia, expidió una nueva resolución  con los requisitos mínimos para el desarrollo seguro del trabajo en alturas,  Resolución  4272 del 2021.

Expedida el 27 de diciembre, esta resolución deroga la Resolución 1409 de 2012. Resolución 1903 de 2013, Resolución 3368 de 2014, Resolución 1178 de 2017 y la Resolucion1248 del 2020.

 

Para resaltar en los cambios:
  • ⛑️Trabajo en Alturas se considerará a partir de esta resolución es a partir de 2 metros con relación al plano de los pies del trabajador al plano horizontal inferior más cercano a el

 

  • ⛑️Todos los empleadores que tengan a realicen alguna actividad rutinaria o no rutinaria en Alturas, si o si deberán crear un programa de prevención contra caídas en Alturas, este programa deberá contener Objetivo General, Alcance del programa, Marco conceptual, marco legal, Roles, Responsabilidades, Requisitos de capacitación y entrenamiento, cronograma de cumplimiento de actividades, identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos, inventario de actividades de trabajo en alturas, procedimiento de trabajo documentados con sus respectivos anexos, medidas de prevención, sistemas de acceso para trabajos en alturas, Medidas de protección, procedimiento en caso de emergencia e indicadores de gestión alineados al Decreto 1072 y este programa será Obligatorio.

 

  • ⛑️La nueva resolución otorga responsabilidades a las ARL y a los centros de entrenamiento.

 

  • ⛑️Solo se exceptúan 5 actividades económicas de esta resolución (Actividades de atención de emergencias y rescate, operaciones militares y policías, actividades deportivas de alta montaña o andinismo, desarrollo de actos lúdicos o artístico, actividades realizadas sobre animales).

 

 

  • ⛑️Los proveedores que oferten los cursos de trabajo seguro en alturas, deberán estar inscritos en la Dirección de Movilidad y Capacitación para el trabajo del Ministerio del Trabajo y tendrán hasta el 30 de Junio de 2022 para actualizar el registro de acuerdo a los nuevos requisitos.

 

  • ⛑️Todos los EPP contra caídas tales como arnés, Eslingas, cuerdas o líneas de vida abosrvedores de impactos y demás, deberán estar certificados y ser inspeccionados antes de cada uso, además de contar con su hoja de vida.

 

 

  • ⛑️Los puntos de anclaje se deberán poseer hoja de vida y se deberá incluir la fecha de instalación, fecha de inspección, marca, referencia, serial, uso, número de usuarios permitidos, tipo de anclaje, instalador, ubicación, resistencia, persona calificada que lo aprobó, registro de pruebas, entre otros.
Esta nueva resolución comenzará a regir a partir del 28 de junio del 2022, te invitamos a darle un vistazo más profundo a esta resolución y así poder ajustar tu plan de trabajo para las actividades en altura y estar actualizado con la norma.
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